viernes, 20 de febrero de 2009


A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario ER-IU-ICV, presenta la siguiente PROPOSICION NO DE LEY, sobre incineración ilegal de neumáticos y otros residuos en fábricas de cemento, para su debate en el Pleno.
La ley 16/2002 de Prevención de la Contaminación Atmosférica obliga a las empresas cementeras a someterse al procedimiento de Autorización Ambiental Integral (AAI). Pero son varias las empresas que, por motivos de rentabilidad económica, aprovechan el expediente de AAI para solicitar la sustitución de combustible tradicional por la incineración de neumáticos, plásticos y otros residuos como lodos de depuradoras, barnices, aceites o disolventes, e incluso harinas cárnicas, cuya combustión genera sustancias tóxicas y peligrosas para la salud, metales pesados como el mercurio, y contaminantes orgánicos persistentes como son las dioxinas y furanos que se forman a partir de la combustión del 1% de cloro contenido en los neumáticos.
La incineración de residuos peligrosos en los hornos de las cementeras ya había generado alarma social hace años, cuando algunas de estas empresas fueron señaladas por haber incinerado los restos de animales muertos por la enfermedad de las "vacas locas".
El recurso a la incineración de residuos tóxicos y peligrosos constituye un motivo de especial preocupación por cuanto España es el país de la Unión Europea que en estos últimos años ha consumido la mayor parte del cemento hasta alcanzar la quinta parte del total de la UE-25, liderato atribuible a las desproporcionadas dimensiones del sector de la construcción, tanto en edificación como en obra pública.
Por la mencionada vía de presentación de proyectos de incineración de residuos industriales, eufemísticamente denominada como "valorización de residuos", las Consejerías de Medio Ambiente de la mayoría de las Comunidades Autónomas han autorizado proyectos presentados por las fábricas de cemento que incluyen la incineración de este tipo de residuos.
Por ejemplo, la Consejería de Medio Ambiente de Castilla-La Mancha ha autorizado:
- A la empresa multinacional mexicana CEMEX, en el municipio de Yepes, la incineración de 20.000 Tn/año de neumáticos y 25.000 Tn/año de plásticos, fábrica de cemento que viene incinerando neumáticos troceados desde marzo de 2007 y que carece del informe Favorable de la Dirección General de Calidad Ambiental, por incumplir el condicionado del Programa de Vigilancia al que se supedita la entrada en vigor de la autorización;
- A la empresa multinacional HOLCIM ESPAÑA S.A., en Yeles, la incineración de 7.000 Tn/año de neumáticos, 2.000 Tn/año de plásticos no halogenados, 7.000 Tn/año de lodos calizos de la industria papelera, 10.000 Tn/año de disolventes y licores madre no halogenados, 3.000 Tn/año de residuos y lodos acuosos que contienen pintura, barniz y tintes, y 35 Tn/año de aceite mineral usado; con el agravante que la industria está a menos de 2 Km del casco urbano.
- Y, de otra parte, se ha autorizado a la empresa multinacional francesa LAFARGE CEMENTOS S.A, en Villaluenga de la Sagra, la incineración de 45.000 Tn/año de residuos líquidos tóxicos y peligrosos, y a quien se le había permitido incinerar desde el año 2002 más de 30.000 Tn anuales de residuos sin haber obtenido la AAI que finalmente se le ha otorgado.
Las tres fábricas de cemento concentran su impacto en una zona reducida, como es la comarca de La Sagra, donde también se encuentran 29 cerámicas, la central térmica de Villaseca canteras a cielo abierto y polígonos industriales, con el agravante que, según el registro europeo EPER, el 43,37% de los complejos más contaminantes de España están ubicados en Castilla-La Mancha.
Todo ello sin que Ayuntamientos colindantes y vecinos afectados hayan sido llamados a consulta ni recibidos en trámite de audiencia en calidad de interesados, como marca la Ley 16/2002 sobre prevención y control integrado de la contaminación, y como recomiendan el Reglamento Europeo 850/2004 y el Convenio de Aarhus, para poder conocer dichas decisiones antes de ser aprobadas y tener así opción a alegar con conocimiento de causa por los posibles riesgos para la salud y el medio ambiente que se derivan del proceso de incineración, todo ello en defensa del derecho constitucional a la salud y su corolario de protección del medio ambiente, desconsiderando las decenas de miles de firmas de ciudadanos y las mociones presentadas contra estos proyectos por Ayuntamientos, Mancomunidades y plataformas ciudadanas.
De otra parte, la combustión de neumáticos y otros residuos contaminantes contraviene los objetivos acordados en el Convenio de Estocolmo sobre Compuestos Orgánicos Persistentes de 2001, ratificado por España, de eliminar o reducir al máximo la producción de dioxinas, furanos y otros Compuestos Orgánicos Persistentes, sustancias cancerígenas extremadamente dañinas para la salud humana, una de cuyas principales fuentes asegura dicho Convenio que son las fábricas de cemento que incineran ese tipo de residuos.
Además, la autorización otorgada a las cementeras para la incineración de residuos vulnera hasta hacerlo inviable a medio plazo el principio de precaución y el principio básico de jerarquía que preside la Ley 10/98 y los Planes de gestión de residuos establecidos a nivel europeo, estatal y autonómico, que obligan a gestionarlos prioritariamente a través de la reducción, la reutilización y el reciclaje, totalmente factibles para los neumáticos, reutilizables en la construcción de carreteras, y cuya incineración ocupa el último lugar de esta jerarquía, puesto que no los elimina y sólo los dispersa, liberando a la atmósfera nuevas sustancias resultantes de la combustión, que son mucho más peligrosas que los materiales de partida. La incineración de neumáticos en las cementeras, incentivada económica y fiscalmente, entra en contradicción con los Planes estatales y autonómicos de reutilización y reciclaje de neumáticos fuera de uso para su utilización en recauchutado, firme de carreteras, pistas polideportivas, etc., poniendo en riesgo la viabilidad económica de las empresas dedicadas a la reutilización y reciclaje compatibles con la salud humana y el medio ambiente.
Esta situación tiene su correspondencia en otras Comunidades Autónomas, por ejemplo en Cataluña, donde la Consejería de Medio Ambiente de la Generalitat ha autorizado a la empresa LAFARGE, en Moncada i Reixach, la combustión de lodos de depuradoras y cenizas volantes, a 90 metros del casco urbano, y a la empresa CEMEX, en San Feliu de Llobregat, a 200 metros del casco urbano.
Una situación similar se produce en Castilla y León, con cuatro proyectos de incineración de neumáticos y residuos en la provincia de León: las cementeras COSMOS, en Toral de los Vados, que pretende quemar 20.639 Tn/año de neumáticos, 10.320 Tn/año de plásticos, 21.671 Tn/año de lodos y 14.447 Tn/año de harinas y grasas animales; TUDELA-VEGUÍN, en La Robla, que proyecta quemar 18.000 Tn/año de neumáticos con el mismo fin; RMD, en Ardoncino, que proyecta poner en marcha su planta de termólisis con capacidad para 24.000 Tn/año y la planta de "pirolisis-flash" promovida por ECOSPANUS, S.L. con capacidad para 70.000 Tn/año.

Por todo ello, se presenta la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1.- A presentar al Congreso de los Diputados un informe sobre el estado de cumplimiento de la legislación vigente en materia de incineración de residuos en las fábricas de cemento y sobre las medidas institucionales de vigilancia, con especial referencia a la Ley 10/1998 de Residuos, a la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrado de la Contaminación, al Real Decreto 653/2003 sobre incineración de residuos, a la Ley 10/98 y a los Planes de Gestión de Residuos, al Reglamento Europeo 850/2004, al Convenio de Estocolmo sobre Compuestos Orgánicos Persistentes de 2001;
2.- A presentar al Congreso de los Diputados un informe relativo a las Autorizaciones Ambientales Integrales concedidas en España a las empresas fabricantes de cemento que incluyen la incineración de residuos, en aplicación del artículo 5 del Real-Decreto 508/2007 de 20 de abril;
3.- A promover con las Comunidades Autónomas, en el marco de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, el compromiso de velar por el cumplimiento riguroso de la legislación vigente en la materia; de rechazar los proyectos presentados por las empresas fabricantes de cemento que incluyan la incineración de neumáticos y demás combustibles tóxicos; y de promover la sustitución del combustible utilizado ilegalmente en los hornos por otras fuentes tradicionales.
4.- A promover incentivos económicos y fiscales a las empresas especializadas en la reutilización y el reciclaje de neumáticos para usos compatibles con la salud humana y el medio ambiente."


Palacio del Congreso de los Diputados
Madrid a 5 de febrero de 2009



Gaspar Llamazares Trigo Joan Herrera Torres
Diputado Portavoz

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