miércoles, 16 de noviembre de 2011

DENUNCIA EN FISCALIA DE IU: CAJAS DE AHORRO

AL FISCAL SUPERIOR DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ SUÁREZ, mayor de edad, con DNI 11.046.589-B y domicilio a efectos de notificaciones y demás diligencias en el despacho del Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, sito en Plaza de las Cortes de Castilla y León, núm. 1, CP 47.015 de Valladolid, bajo la dirección letrada de D. Gorka Esparza Barandiaran, abogado 2.802 ICASAL, ante el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, comparezco y como mejor proceda Digo:

PRIMERO.- Que he tenido conocimiento de que desde el año 2008, diferentes Consejeros de las Cajas de Ahorros con domicilio social en Castilla y León (Caja España, Caja Duero, Caja Burgos, Caja de Ávila y Caja Segovia) y por tanto afectadas por el Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, han intervenido de forma decisiva en los Consejos de Administración a fin de obtener, como explicaremos, bien créditos de escasa solvencia o en condiciones mucho más ventajosas o que a otros ciudadanos o empresarios les serían denegados, o bien condiciones de prejubilación que han perjudicado a terceros o en los que las entidades públicas de ahorro han dejado de observar su propia normativa y convenios colectivos –con fuerza de ley-.

SEGUNDO.- Caja Duero, ahora fusionada con Caja España (Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, CAMP) ha concedido créditos a 12 de sus consejeros, de entre los que destaca, por su volumen, el caudal prestado a FRANCISCO RUBIO GARCÉS, quien ostentando diferentes responsabilidades en Caja Duero (consejero, vicepresidente tercero), ha obtenido créditos y avales por un monto superior a 27 millones de euros en el último año, siendo especialmente llamativo un préstamo personal (no tiene garantía que lo respalde) por 13 millones de Euros para una empresa cuyo nombre no se especifica, algo que es inimaginable para cualquier ciudadano, salvo que se sea directivo o administrador de la Caja en cuestión.

Es de significar que, en cualquier caso, la actividad empresarial del precitado consejero es, fundamentalmente, la vinculada a la Construcción (es propietario del Grupo Inmobiliario Herce). Y es un aspecto relevante porque en el año 2010, dicho sector es evidente que estaba en crisis, y que a los destinatarios de créditos en ese sector lo normal, desde el punto de vista del interés público, que es el que debe regir en una entidad de crédito sin ánimo de lucro, de naturaleza fundacional y carácter social, no dependiente de otra empresa, institución o entidad, ex artículo 2 del Decreto 1/2005, sería exigirles garantías para evitar que los mismos se conviertan en incobrables. Y más cuando dicha entidad es noticia por la denegación sistemática de créditos a pequeños empresarios, autónomos, emprendedores, o por llevar a cabo cientos de ejecuciones hipotecarias.

Finalmente, y en relación al Sr. Rubio Garcés, ha de tenerse en cuenta que durante los ejercicios 2006 y 2007, este consejero –que entonces era Vicepresidente de Caja Duero- obtuvo préstamos y líneas de avales por 51,1 y 27,9 millones de euros respectivamente, amén del patrocinio de Caja Duero para el club de fútbol del que es propietario, el CD Numancia.

TERCERO.- Como ya se ha venido denunciando públicamente por diversos colectivos que, a duras penas, logran tener acceso a la documentación de las Cajas de Ahorros de Castilla y León, es una práctica habitual que las relaciones económicas que mantienen las Cajas con sus Consejeros sean mucho más ventajosas que las que mantienen con terceros. Y precisamente, el volumen de avales, créditos y líneas de financiación se ha ido disparando conforme se ha agudizado la crisis. Ya en 2006 las entidades que presentaron sus respectivos informes, declaraban haber prestado o avalado a los miembros de sus consejos por un importe total 210,796 millones de euros, lo que supuso en aquel momento un incremento del 20% frente al año anterior. En el 2010, el porcentaje de préstamos de las Cajas a sus propios Consejeros era de un 44% crecimiento contrasta con el descenso que registra la financiación para la compra de viviendas, de un 15%; para las pymes, que retrocede un 33%; y para las grandes sociedades, que cae un 39% en el mismo periodo de tiempo.

CUARTO.- Similar es el caso de Caja España, su Consejero y Presidente, el Sr. Santos Llamas. Según informa Caja España en sus memorias enviadas a la CNMV, la entidad ha mantenido entre 2006 y 2009 una estrecha relación crediticia con su presidente. Entre otros créditos figuran, en el año 2007 cinco préstamos a empresas vinculadas por 17,6 millones; un préstamo hipotecario a empresa vinculada por 15,2 millones u operaciones de renovación de cuenta de crédito, de líneas de avales y ampliación de préstamo a promotor a empresa vinculada por 5,1 millones el pasado año. La cantidad total de créditos concedidos por Caja España a Santos Llamas no aparece detallada en los documentos entregados a la CNMV. La cifra total que han barajado medios y fuentes consultadas supera los 70 millones.

El Sr. Santos Llamas aparece en los registros mercantiles como presidente de Construcciones Carriegos, administrador único de Construcciones Llamas Gil y vocal del consejo de administración de Sotaban. Las tres sociedades se dedican al negocio inmobiliario. Y según las cuentas de esas empresas, no sólo recibieron créditos de Caja España, también los obtuvieron de Caja Duero, entidad con la que ahora se ha fusionado la primera de dichas cajas.

Construcciones Carriegos, según sus cuentas relativas al ejercicio 2008, había recibido tres préstamos de Caja España por valor de 14 millones de euros. Y otro de Caja Duero por 8,3 millones. La compañía logró un beneficio de 2,1 millones de ese año. Construcciones Llamas Gil, según sus cuentas correspondientes al ejercicio 2008, había recibido dos préstamos de Caja Duero por un valor total de 131.500 euros y otros tres préstamos de Caja España por valor total de 5,4 millones.

Sotaban SL, también conforme a sus cuentas de 2008, contaba con cerca de 20 créditos aportados por Caja España y Caja Duero por un valor aproximado de 21 millones.

Las precitadas cajas, tienen a la fecha obligaciones contraídas cuya fecha de vencimiento es 2011, y que les sitúan en una delicada situación económica al estar por debajo del Core Capital inferior al exigido.

QUINTO.- La actuación de los consejeros de las cajas de ahorros no sólo puede ser punible en relación a los “préstamos autoconcedidos” sino por la participación decisiva y las influencias llevadas a cabo para obtener un trato favorable y muy ventajoso en relación a las condiciones laborales y sus prejubilaciones o indemnizaciones.

El ex director general de Caja Segovia, D. Manuel Escribano, recibirá cerca de seis millones de euros en diez años en concepto de prejubilación. Se trata de un caso similar al de la indemnización que percibirá D. Francisco Fernández, ex Alcalde de León y ex Vicepresidente de Caja España. El primero de ellos, el Sr. Escribano, abandonó Caja Segovia días antes de la integración de dicha entidad pública de ahorro, en el Grupo BANKIA. Caja España se ha negado a facilitar cifras sobre las prejubilaciones alegando “que se vulneraría la intimidad de los beneficiados por ellas”.

Sin embargo, resulta todavía más sospechoso e incluso suficiente como indicio de un posible tráfico de influencias el caso del Sr. Francisco Fernández en Caja España, toda vez que éste ha logrado su prejubilación estando de excedencia –Alcalde de León-, saltándose la preferencia con la que contaban más de cien trabajadores de la entidad, en función de las condiciones pactadas entre la Caja y los Agentes Sociales, toda vez que las prejubilaciones habrían de concederse a partir de los 55 años y por orden de nacimiento. Se colige que, sin lugar a dudas, el exdirigente de Caja España ha obtenido su prejubilación fuera de las condiciones del pacto y al margen del ERE. La prejubilación es potestad de la entidad cierto, pero su concesión a un dirigente –que debía velar como tal, y por su condición de representante político, por el interés general- ha perjudicado a terceros con mejor derecho.

Cuestión distinta es el millonario sueldo que se desprende de la prejubilación del directivo segoviano.

Caja Segovia se vio obligada a difundir un comunicado en el que, al tiempo que negaba que Escribano hubiera percibido "cantidad alguna en concepto de indemnización con motivo de su prejubilación", señalaba que su ex director se había acogido a las mismas condiciones que 150 empleados.

El comunicado precisa que el ejecutivo prejubilado recibirá el 74,7% de sus emolumentos "hasta la edad ordinaria de jubilación", lo que se aproxima a seis millones de euros en diez años y en cuota mensuales.

La entidad financiera asegura que estos programas de prejubilación "se vienen realizando desde 1996 y son aprobados por unanimidad en los órganos de gobierno". Lo que no aclara es si el consejo de administración conoció la cuantía y las condiciones que obtuvo Escribano.

Diversos miembros del consejo de administración de Caja Segovia urgirán el próximo lunes a la entidad de ahorro segoviana, a celebrar con "carácter urgente" un consejo de administración extraordinario, en el que se aclaren y se hagan públicas las cifras millonarias recibidas por los máximos responsables de la entidad que decidieron acogerse al plan de prejubilaciones.

SEXTO.- Similar es el caso de Caja España y su ex Director General, D. Ignacio Lagartos y su consejero Javier Ajenjo en el año 2006.

El director general, Ignacio Lagartos podría haber recibido según informan diferentes medios de comunicación –cuyas noticias nunca han sido desmentidas- más de 400.000 euros. Le correspondía una indemnización de unos 800.000 euros en caso de cese y recibirá 1,22 millones de euros en concepto de prejubilación voluntaria.

Se trata de un trato mucho más favorable respecto a los trabajadores para beneficiarse de estas condiciones de jubilación. El instrumento legal utilizado por el Consejo de Administración ha sido eximirle de la condición de llevar 10 años en la entidad. El pacto laboral no permite las prejubilaciones con el 80% del sueldo a quienes lleven menos de 10 años trabajando en Caja España. En concreto, el acuerdo colectivo señala que "Podrán acogerse voluntariamente a la medida de prejubilación los trabajadores que a 31 de diciembre de 2009 tuvieran cumplidos 55 años de edad y una antigüedad acreditada en la Caja de 10 años a esa misma fecha", reza la cláusula del pacto laboral, que fija retribuciones brutas anuales del 80% ó 90%, según tengan planes de pensiones o no”.

La decisión de eximir al Sr. Lagartos fue adoptada por trece consejeros, mientras que cuatro lo hicieron en contra.

Según señalan los medios de comunicación, siguiendo informaciones de Caja España, Ignacio Lagartos fue nombrado director general de Caja España por unanimidad en un consejo celebrado en diciembre de 2003, momento en el que tenía 51 años. Este órgano acordó un blindaje de dos años de sueldo y siete días por año trabajado en caso de despido, lo que equivaldría a unos 800.000 euros, según fuentes cercanas al directivo.

SÉPTIMO.- No es posible a este denunciante, pese a su condición de Procurador y Portavoz de un Grupo Parlamentario, poder aportar datos más precisos, especialmente en lo que se refiere a la adopción de las decisiones colegiadas, al no disponer de más datos que los que diferentes medios de comunicación han ido haciendo públicos y que no han sido contradichos y cuya veracidad no ha sido cuestionada por las mercantiles aludidas ni por las personas aquí mencionadas.

Precisamente por ello se recurre al mecanismo previsto en la LECRIM, y para solicitar que sea el Ministerio Fiscal quien realice las diferentes actuaciones previstas en el artículo 3.5 de su Estatuto, en aras a esclarecer si existe o no actuación delictiva en los hechos anteriormente alegados.

OCTAVO.- Esta parte considera que hay una base razonable e indicios suficientes como para investigar, entre otros, la comisión de un posible delito societario –art. 291 y ss CP- por parte de aquellos que prevaliéndose de su condición mayoritaria en los órganos de administración, han logrado que las entidades públicas de ahorro hayan adoptado acuerdos con ánimo de lucro propio o en perjuicio para terceros.

Y del mismo modo, es menester que por parte de la Fiscalía se investigue si quienes fueron elegidos como representantes públicos en los órganos de administración de las Cajas, es decir, quienes ostentan la condición de autoridad –como es el caso del que fuera Alcalde de León-, se han podido aprovechar de tal condición para obtener dádiva, favor o retribución, a tenor de las muy favorables condiciones que han recibido por parte de las mismas, es decir, si existe cohecho, conforme a lo previsto en el art. 419 CP.

Por lo expuesto SOLICITO:

Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y teniendo por interpuesta DENUNCIA conforme al artículo 264 y siguientes de la LECRIM, inicie las actuaciones que al respecto tiene el Ministerio Fiscal atribuidas mediante la Ley 50/1981 de 30 de diciembre, y proceda al objeto de esclarecer si se ha cometido actividad delictiva alguna.

En Burgos, a 14 de noviembre de 2011,


José María González Suárez

Procurador del Grupo Parlamentario Mixto

Cortes de Castilla y León

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