martes, 1 de octubre de 2013
Moción IU León contra la Ley Antiayuntamientos
MOCIÓN AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LEON
D. Manuel Domínguez Chico, Coordinador Local de IU León, viene a formular para su aprobación la siguiente MOCIÓN
CONTRA EL PROYECTO DE LEY PARA LA RACIONALIZACIÓN Y
LA SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL
ANTECEDENTES Y MOTIVOS
El Consejo de
Ministros del pasado 26 de julio aprobó, finalmente, el Anteproyecto de “Ley
para la racionalización y la sostenibilidad de la Administración Local ”,
después de un año y medio con propuestas contradictorias y con ocurrencias de
última hora a miles de municipios españoles, a sus respectivos regidores y a
los millones de ciudadanos que son receptores de esos servicios públicos
locales.
Tal documento,
ya en trámite parlamentario, pretende, desde el gobierno central, modificar
radicalmente otro ámbito competencial diferente, el local, sin contar con este
ni con la administración autonómica, que tiene en muchos casos las competencias
en exclusiva en materia de régimen local. En dicho informe se establecen las
líneas principales de lo que supone la demolición del modelo de gestión pública que se inició en España
con los Ayuntamientos democráticos desde 1.979, y que, grosso modo, ha supuesto
un avance en el desarrollo del país desde el impulso dado en el ámbito
municipal. En lugar de ello, se procede a un desmantelamiento controlado de la
experiencia democrática local en la línea tradicional del modelo centralizador
y de pulsión autoritaria del actual gobierno, despreciando y desconociendo que
el nivel local de gobierno es una estructura nuclear del Estado Constitucional.
La denominada reforma de la administración local no
es una reforma: es una demolición. Desprecia el principio rector que ha movido
con mayor o menor ambición la normativa de desarrollo de los Ayuntamientos: el
de la administración más cercana. Los municipios españoles en 1979 fueron la
expresión más evidente de la llegada de la democracia a nuestro país: miles de
concejales y concejalas, de alcaldesas y alcaldes, elegidos por sus vecinos, accedieron
al gobierno de sus Ayuntamientos desde la preocupación por satisfacer las
demandas más acuciantes de sus vecinos, y también, ante la falta de definición
constitucional de las competencias locales, a afrontar aquellos retos y
actuaciones que fueran impulsadas por la ciudadanía. Desde ese principio de
administración más cercana, se configuraron los Ayuntamientos como las
entidades que visualizaron la democracia en nuestro país y que representaron la
primera experiencia, hasta ahora irreversible, de descentralización política.
La famosa y trágica, por sus consecuencias, reforma
del artículo 135 de la
Constitución Española en septiembre de 2011, acordada por el
PSOE y el PP, recoge el principio de estabilidad presupuestaria como principio
rector de todas las administraciones públicas, y a esta obsesión se somete
ahora a la administración local a través de esta reforma, sin contemplar las
consecuencias sociales en forma de pobreza y deterioro de servicios que esa
rigidez provoca en la sociedad, principalmente en las capas populares.
Habla el informe de que elimina duplicidades y
competencias impropias, para ajustar la Administración Local
a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera
consagrados por la Ley
2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera, que desarrolla el citado artículo 135 de la CE. Sin embargo, no se
eliminan duplicidades -pues existen las competencias compartidas y se mantiene
la posibilidad de que los municipios saneados afronten cualquier servicio-,
sino que en todo caso se eliminan competencias propias de los municipios, en
aspectos socialmente tan relevantes como educación, salud o servicios sociales,
para pasarlas a las Comunidades Autónomas sin un análisis económico financiero
serio, sino que de lo que se trata es simplemente de justificar un ahorro final
de 8.000 millones de euros (o de 7.100 millones, según la fuente que se
consulte), cifras cuya procedencia es un misterio. Al mismo tiempo se les quita
la personalidad jurídica a las entidades locales menores y se las amenaza de
supresión en un caso flagrante de intromisión en las competencias exclusivas de
las Comunidades Autónomas.
Hablan de duplicidades cuando quieren decir
desmantelamiento de servicios y privatización de los mismos. Hablan de
clarificación de competencias cuando quieren decir reducción a la mínima
expresión de la administración local.
La reforma respira tutelaje de una administración
sobre otra. Ignora las competencias autonómicas sobre régimen local y desprecia
a los Ayuntamientos como parte del Estado en pie de igualdad con las demás
administraciones. La intervención sobre la obsesión de la sostenibilidad
financiera recorre todos los aspectos normativos de dicha reforma. Habla de
racionalizar la estructura organizativa cuando quiere decir privatizar
servicios y entes instrumentales, y reconoce como uno de los objetivos el
favorecer la iniciativa económica privada, evitando intervenciones
administrativas desproporcionadas. Aquí reside la clave de bóveda de la
reforma: debilitamiento de la democracia local a través de la reducción de sus
competencias y la supresión de las Juntas Vecinales, anteponiendo los
principios financieros neoliberales sobre cualesquiera otra consideración en la
gestión municipal, refuerza la intervención y fortalecimiento de una entidad
decimonónica, asociada al clientelismo y la falta de transparencia y control
democrático, como son las Diputaciones Provinciales, y busca la privatización
de los servicios públicos por esta en los municipios y entidades locales
menores que pierdan la titularidad de sus competencias. Llaman profesionalidad
y transparencia a la eliminación de la política en el ámbito local.
La reforma huele a moderantismo del siglo XIX, a
vuelta al caciquismo y el elitismo en la representación política, y desvían la
radicalidad antidemocrática de sus propuestas en la base del ahorro de gastos
en cargos públicos, cuando ese ahorro, si es que se produce, supondrá como
mucho el 2% del total. Hablan de limitación de remuneraciones al 82% de los
cargos públicos locales cuando esa ausencia de remuneración ya existe en esos
porcentajes entre los 68.285 concejales y concejalas de los 8.116 municipios
españoles.
La reforma refleja, finalmente, los prejuicios
neoliberales, carentes de conexión con la realidad de los Ayuntamientos, de que
sobra Estado y municipios -36.000 hay en nuestro país vecino, Francia- o están
muy endeudados -El porcentaje de deuda local en relación con la deuda de las
administraciones públicas, antes de estudiar el impacto de los planes de
ajuste, es del 4,5%, y de este porcentaje, el 40% lo suman 10 ciudades de más
de 250.000 habitantes, excepto Ceuta, empezando por Madrid, con el 22,5% de la
misma-. En el caso de las entidades locales menores esta deuda prácticamente es
cero.
Ningún dato avala el cumplimiento del supuesto
ahorro neto mencionado entre los años 2013 a 2015, a no ser con el coste en recortes en
forma de competencias, recursos, eliminación de servicios y destrucción de
empleo público municipal.
En definitiva, la reforma de la administración local
supone el mayor ataque a los ayuntamientos democráticos en la corta experiencia
histórica de los mismos; es una vuelta a la centralización y al papel
tradicional de aquéllos como meros ejecutores de las políticas del gobierno
central.
El Consejo de Ministros, con esa iniciativa,
pretende convertir en una excepcionalidad histórica la experiencia democrática
de los ayuntamientos españoles iniciada en 1979.
Esta reforma elimina el poder de lo más cercano,
aleja a la ciudadanía de la gestión de lo público, y fortalece la deriva
autoritaria, el alejamiento de la política de una población que exige más
participación, más democracia y más transparencia. El gobierno responde con más
tutelaje, menos democracia y menos participación en los asuntos públicos.
En este
sentido, el borrador de la reforma que se pretende está impregnado de los
principios del reformado artículo 135 de la Constitución Española
así como de la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestara
y Sostenibilidad financiera, que condiciona todas las actuaciones relacionadas
con las competencias, servicios y atención a la ciudadanía que los
Ayuntamientos vienen prestando, desde la pretendida intención de eliminar competencias.
Desde su
constitución en 1979, los Ayuntamientos democráticos han ido desarrollando sus
actuaciones en el servicio de la
comunidad a la que gobiernan en dirección a una permamente aunque desigual
descentralización, asumiendo competencias en aras a la mejora de la vida de la
ciudadanía a la que sirven y gobiernan.
Esta reforma pretende el desmantelamiento de la
referencia más cercana a la ciudadanía, el primer nivel de acceso a la
representación popular, y lo sustituye por la eliminación de competencias y
servicios consolidados, así como por una ausencia de financiación que aboque a
la privatización de los que queden. En resumen, provoca:
1.- Tutela
y control sobre la administración local, otorgando a las Diputaciones
provinciales o entes equivalentes, no únicamente la “coordinación de
servicios”, sino relevantes competencias, entre ellas, las de gestión
tributaria.
2.- Vinculación
del coste efectivo (antes estándar) de los servicios, considerando a la
administración un mero árbitro del tráfico jurídico, cuyos parámetros vendrán
determinados por una mera Orden ministerial.
3.- Estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad
financiera como único patrón de medida, del que depende la autonomía
municipal. Se produce por ende reestructuración del sector público local, que
potencia la iniciativa económica privada, y por añadidura, la creación de
lobbies empresariales para la prestación de servicios.
4.- Aparición de un nuevo mecanismo o
protocolo vehiculador de la fusión entre ayuntamientos: el convenio de fusión (aprobado por mayoría simple de los plenos
Municipales),
que en algunos casos
supone una clara imposición, no se sabe si a decisión del Gobierno o de las
Cortes.
5.- Desapoderamiento
y vaciamiento de competencias del ámbito local, dejando a los Ayuntamientos
como entidades meramente formales.
6.- Subsidiariedad
e imposibilidad “de facto” de la iniciativa pública empresarial.
7.- Establecimiento de
mecanismos de ajuste o redimensionamiento (como expone el texto) sobre el
personal al servicio de las administraciones públicas.
Por
todo lo anteriormente expuesto, IU León propone al Pleno del Ayuntamiento los
siguientes acuerdos:
1.-
La retirada inmediata del texto del Proyecto de Ley para la Racionalización y
Sostenibilidad de la administración local.
2.- Adherirse
a las acciones legales que se interpongan para intentar parar esta
reforma incluido en su caso el recurso de inconstitucionalidad.
3.-
Adherirse a cuantas plataformas se pongan en marcha en defensa de un
municipalismo democrático y cercano a los intereses de la ciudadanía.
4.- Una propuesta de trabajo para la reforma local
que analice y reflexione sobe los siguientes aspectos:
·
Suficiencia
financiera y autonomía política.
·
La ciudad como pilar
del desarrollo económico y de un nuevo modelo productivo.
·
Reforma del modelo de
Estado.
5.- Instar la convocatoria inmediata de una
reunión extraordinaria de la Federación Española y Madrileña de Municipios, en
donde debatir un texto consensuado
6.-
De estos acuerdos se dará traslado al Presidente de Gobierno y a todos los Grupos Parlamentarios de las Cortes
Generales.
En León, a 27 de septiembre de 2013
Fdo.: Manuel
Domínguez Chico
Coordinador
Local de IU León
ILMO.
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCEMO. AYUNTAMIENTO DE LEON
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