miércoles, 24 de abril de 2013
Moción exigiendo medidas contra desahucios y políticas de vivienda en la Diputación de León
MOCIÓN AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LEON
Don Santiago Ordóñez González, Coordinador
Provincial de IU en León, viene a formular para su aprobación
la siguiente MOCIÓN en base a la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 10 de diciembre 1948 la
Asamblea General de la ONU aprobó una Declaración Universal en la que se
estableció el derecho individual de cada persona “a un nivel de vida adecuado
que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial
la alimentación, el vestido, la vivienda…». Posteriormente el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 avanzó en
este tutela efectiva de este derecho vinculando a los Estados Parte no sólo al
reconocimiento del “derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí
y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados” sino también
a garantizar las “medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este
derecho”.
En este sentido, nuestra
Constitución en el artículo 47 recoge este derecho y la garantía de una
vivienda digna y adecuada que, junto a la función social de la propiedad
privada recogido en el artículo 33, constituyen uno de los pilares básicos del
pacto social que da origen a la Constitución de 1978.
Hay que tener en cuenta que la
asunción de estos Derechos entraña no sólo el reconocimiento de un derecho
individual sino también la obligación de todas las Administraciones, empezando
por la del Estado, de actuar, con todos los medios a su alcance, para
garantizar estos derechos.
Sin embargo, y a pesar de esta
exigencia las Administraciones durante mucho tiempo han mirado para otro lado y
no han actuado regulando y dirigiendo el mercado de vivienda de manera que se
garantizara para todas las personas una vivienda digna, en propiedad o en
alquiler, donde cada persona pudiera desarrollar su proyecto vital.
La falta de vivienda, la
imposibilidad de emanciparse o como ocurre en la actualidad, la pérdida de la
vivienda provocada por un desahucio y la deuda arrastrada de por vida, supone
la exclusión real de personas de nuestro sistema económico y social. Y esto a
pesar de que nuestro ordenamiento jurídico, comenzando por nuestra
Constitución, no permite el uso “antisocial de la propiedad” no permite el uso
especulativo del suelo o la vivienda, el enriquecimiento injusto y las
condiciones abusivas aprovechándose de un bien necesario. Por tanto, el uso
como mercancía que se ha venido haciendo por algunos sujetos, especialmente las
entidades bancarias, de la vivienda es un uso indebido y los poderes públicos
están obligados a evitarlo. La función social de la vivienda, en suma, no es un
límite externo a su definición o a su ejercicio, sino una parte integrante del
derecho mismo. Utilidad individual y función social componen de forma
inseparable el contenido del derecho de propiedad.
Pero es que además, la defensa de
la función social de la propiedad y la garantía de una vivienda digna
constituyen, hoy más que nunca, la garantía de la no exclusión de grandes capas
de la sociedad y la defensa de la dignidad para todas las personas. Casi 400.000
familias en todo el Estado están afectadas por desahucios con una injusta
regulación hipotecaria que hace que las personas no sólo pierdan sus viviendas
sino que encima se queden con buena parte de la deuda.
Y mientras tanto existe un
atesoramiento por parte de las entidades financieras de dichas viviendas,
adquiriéndolas en ejecuciones hipotecarias a un precio muy inferior al que
estas mismas entidades valoraron en la concesión de sus créditos, y
manteniéndolas en muchas ocasiones desocupadas una vez han procedido al
desahucio. En estos momentos cerca de un
40% de las viviendas del municipio León podrían estar vacías. Un entramado
constituido por entidades financieras y sus filiales inmobiliarias, entidades
de gestión de activos, incluidos los procedentes de la restructuración bancaria
y entidades inmobiliarias dedicadas a la utilización de la vivienda como
mercancía.
Esta situación puede ser
calificada como emergencia social y económica y por tanto obliga a los
Gobiernos que quieran acatar el contenido de nuestra Constitución a adoptar
medidas extraordinarias y urgentes.
En este sentido es necesario extender las medidas adoptadas
por el Gobierno Andaluz a través de la Consejería de Fomento y Vivienda
mediante el Decreto-Ley 6/2013, de 9 de
abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la
Vivienda, ante la inacción demostrada por el Gobierno Central que no adopta
las medidas de salvaguarda de dichos derechos a las que viene obligado y se
niega a modificar la legislación hipotecaria que ha generado en buena parte
este problema.
Por tanto tenemos que avanzar en
medidas que como el Decreto andaluz suponen un “plan de choque en salvaguarda
del bien jurídico protegido: el derecho a una vivienda digna”, acciones como
obligar a la banca y sociedades filiales e inmobiliarias a declarar cual es el
parque de viviendas vacías disponibles y sacarlas al mercado del alquiler,
sancionar su incumplimiento o incluso expropiar
temporalmente del uso de las viviendas en aquellos casos que vayan a ser
desalojados ciudadanos en los que concurran circunstancias sociales, tales que
su salida del domicilio, suponga una condena a la exclusión social o una
amenaza para la salud física o psíquica.
ACUERDO
PRIMERO.- El Pleno de la
Diputación Provincial de León insta al Gobierno de la Comunidad autónoma
Castilla y León a la adopción de medidas legales de
similares características a las aprobadas por el Gobierno de Andalucía
recogidas en el Decreto Ley 6/2013 de 9 de abril, de Medidas para Asegurar el
Cumplimiento de la Función Social de la Vivienda en la Comunidad Autónoma.
SEGUNDO.- Trasladar el presente
acuerdo al Gobierno de Comunidad Autónoma de Castilla y León
Fdo. Don Santiago Ordóñez González
Coordinador
Provincial de IU en León
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