sábado, 21 de julio de 2012
Moción contra el repago sanitario registrada en la ciudad León y su Diputación
D. Manuel Domínguez Chico, en su calidad de
Coordinador Local de I.U. en León, por la presente somete al Pleno de la Corporación para su
toma en consideración, si procede, la siguiente:
MOCION
El artículo 43 de la Constitución Española
reconoce el derecho a la prestación de la salud; siendo competencia de los
poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas
preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El artículo 41 reconoce
textualmente: los poderes públicos mantendrán un régimen público de seguridad
social para todos los ciudadanos que garanticen la existencia y prestaciones
sociales suficientes ante situaciones de necesidades, sobre todo en caso de
desempleo. La asistencia y prestaciones serán libres
Estos dos artículos blindan
en la constitución el Principio de Universalidad de la asistencia sanitaria
obligando a la toma de medidas organizativas y financieras para asegurarla.
Una vez que las
prestaciones sanitarias se conciben como DERECHO UNIVERSAL DE TODOS LOS
CIUDADANOS lo más razonable es que el sistema se financie a través de los
presupuestos generales del Estado o de las Comunidades Autónomas mediante
transferencia de sus competencias.
El copago sanitario supone
el abono por duplicado de un servicio que se financia ya con nuestros impuestos
y al cual se añade una exigencia de pago a mayores a los propios beneficiarios.
Una reforma del IRPF que permita asegurar la financiación incrementando las
obligaciones a las grandes fortunas o personas con mayores ingresos aseguraría
el sistema sin necesidad de repago.
Estos preceptos anteriores
dejan clara la apuesta constitucional por un sistema público y universal,
cuestionando el modelo de copago farmacéutico impuesto: ahora debe añadirse las
referencias a los derechos y deberes de los españoles.
El Artículo 14 de la Constitución recoge
literalmente: Los españoles son iguales ante la Ley sin que pueda prevalecer discriminación
alguna por raza de nacimiento, sexo, religión, opinión o cualquier otra
condición o circunstancia personal o social. Este artículo cuestiona seriamente
cualquier legislación que pueda retirar los derechos a ser beneficiario de una
tarjeta sanitaria.
El pasado 1 de julio entró en vigor el repago
farmacéutico decretado por el Gobierno del PP. Dicho copago termina con la
gratuidad de los medicamentos y con él con la Universalidad y
gratuidad del sistema público de salud del Estado Español.
Un aspecto que agrava de por si esta decisión
junto a la posibilidad de que esta universalidad desaparezca dejando fuera del
sistema de salud a colectivos enteros de inmigrantes y nacionales es la
obligatoriedad de pago de sus medicamentos para los jubilados y jubiladas. En
clara contradicción con el articulo 14 de la constitución.
A partir del 1 de julio antes referido los jubilados tienen
que abonar el 10% del precio de los fármacos recetados por el médico. Pero hay
unos topes:
-Si su renta es inferior a 18.000 euros anuales, no se
pagará más de 8 euros al mes.
-Si su renta es de entre 18.000 euros y 100.000 euros
anuales, no se pagará más de 18 euros al mes.
-Si los ingresos superan los 100.000 euros al año, el
límite mensual de lo que se tiene que pagar es de 60 euros.
De este modo
y dado que la Tarjeta Sanitaria
ya informa a cada médico del repago asignado a cada paciente, cada vendrá
marcada con un código para que el farmacéutico sepa cuánto tiene que cobrar.
Esta codificación varía en función de la situación personal y el nivel de
renta. La leyenda es la siguiente:
-001. Recetas médicas para personas que no tienen que
pagar nada. En estos casos el copago sanitario no se aplica.
-002. Recetas médicas de
pensionistas con una renta anual inferior a los 18.000 euros o de entre 18.000
euros y 100.000 euros.
-003. Recetas médicas para
trabajadores en activo con una renta anual inferior a 18.000 euros. En estos
casos hay que abonar el 40% del valor del medicamento.
-004. Recetas médicas para
trabajadores en activo con una renta anual que se sitúa entre los 18.000 euros
y los 100.000 euros. En estos casos hay que abonar el 50% del precio del
medicamento.
-005. Jubilados y
trabajadores en activo con unas rentas superiores a los 100.000 euros anuales.
En estos casos hay que abonar el 60% del valor del medicamento.
-006. Mutualistas y
funcionarios. En este caso se abona el 30% del valor del medicamento.
En Castilla
y León seguiremos pagando los medicamentos en la farmacia tras haber superado
este límite de pago. En estos casos el Estado tendrá que devolver el dinero que
se ha abonado de más. Aunque la
Junta de Castilla y León se ha comprometido a informatizar el
proceso y abonar en un plazo máximo de 2 o 3 meses la diferencia pagada a
mayores no todo el mundo conoce los topes mensuales y su derecho a recibir la
diferencia.
Los Ayuntamientos pueden y
deben informar a los afectados por este repago y ser garantes de su derecho a
recibir la diferencia si pagan más de lo exigible. Por tanto, si se comprueba
que una receta tiene el código que corresponde (002 para jubilados con rentas
de hasta 100.000 euros y 005 para pensionistas con ingresos superiores), o que
en la farmacia cobran más de lo debido el afectado debe reclamar. Esta información y la posible
reclamación deben ser tramitadas de forma gratuita por medios municipales, sea
una Oficina de Información ex profeso o desde la OMIC
Además, a partir del 1 de
agosto de 2012 tendemos que abonar el 100% del coste de un total de 425
medicamentos. No importa que se sea jubilado o nuestro nivel de renta. Puede
consultarse la lista completa de medicamentos que dejarán de financiarse a
partir del 1 de agosto en el practicograma ‘Cómo son los medicamentos que dejarán de financiarse y
tendrás que pagar'.
Por otra parte, los
medicamentos pertenecientes al grupo ATC serán
costeados por todos los ciudadanos de la misma forma. Se abonará el 10% de su
valor en la farmacia, con independencia del nivel de renta o de si es jubilado,
trabajador en activo o desempleado.
Por todo lo anterior, el
Grupo Municipal de IU, presenta, para su debate y aprobación, si procede la
siguiente MOCION
El Ayuntamiento de León encargará a la OMIC las funciones de
información y tramitación de reclamaciones relacionadas con el copago sanitario.
El Ayuntamiento de León instará a la Junta de Castilla y León a retirar el copago
sanitario impuesto por el Gobierno Central.
El Ayuntamiento de León instará al Consejo de
Ministros a retirar el copago sanitario y a tomar las medidas necesarias para
mantener la gratuidad y universalidad del sistema público sanitario mediante la
reforma y mejora del IRPF y los ingresos del Estado.
En León, a 20 de julio de 2012.
Fdo: Manuel Domínguez Chico
Coordinador Local de IU en
León
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