viernes, 29 de noviembre de 2013
Reclamación IU subida salvaje de tasas y política expropiatoria en la Residencia de Mayores de la Diputación
IU
presenta una reclamación a la subida de un 63% en dos años de las
tasas de la residencia Sta Luisa de la Diputación Provincial. Tal y
como hicimos el año pasado, IU se opondrá a la política
expropiatoria y abusiva de esta gestión privadíssisma
de un servicio público por parte de la Institución Provincial.
Estamos
ante un nuevo ejemplo de la reforma del artículo 135 de la
Constitución, pactada por el PSOE y el PP a la sombra de los
intereses de la Troika, de los bancos y de los especuladores que se
benefician de la crisis, de los recortes y de la subida de tasas como
las de este centro asistencial.
Primero,
porque los incrementos son escandalosos en tan poco tiempo. Se puede
subir la tasa pero no en un medida tan exagerada.
Segundo,
porque la Diputación no respeta el marco regulador de la Junta a la
hora de las exenciones en precios, para fijación de los mismos,
aplicación de la Ley de Dependencia y generación de deuda.
La
Diputación actúa como una empresa privada y pretende hacer negocio
con esta residencia pública, de tal forma que genera obligaciones
contra el 100% del patrimonio de los mayores, que después se
traslada a sus familiares. Provocando un régimen expropiatorio
fundamentado en tasas sin exenciones que incumple la Ley de forma
abusiva.
Santiago
Ordóñez González. Coordinador Provincial de IU León
Luis
Miguel Nistal Tomé. Coordinador Provincial de Áreas.
D. Santiago Ordóñez González,
Coordinador Provincial de IU León, domicilio
para notificaciones en la calle Ramón y Cajal, nº 29 bajo derecha,
CP: 24002 de la localidad de León por la presente expone
Que
permaneciendo todavía en período de exposición al público la
PROPUESTA DE MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 4 REGULADORA DEL PRECIO
PÚBLICO POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL CENTRO DE PERSONAS MAYORES
SANTA LUISA, con objeto de incrementar los precios públicos y
ajustarlos a los costes del servicio se ve en la obligación de
presentar la siguiente RECLAMACION oponiéndose a la misma.
JUSTIFICACION
Primeramente
es necesario recordar que este centro es de titularidad pública. Un
servicio público regulado por la Legislación estatal vigente y por
la autonómica, en el ejercicio de sus competencias en materia de
políticas sociales y dependencia. Esta condición no es baladí, a
pesar de ser un centro público la regulación recogida en la
presente ordenanza disimula muy mal que se regula tomando como
referencia la Resolución de 27 de julio de 2012, de la Gerencia de
Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se establece el
coste máximo de plaza ocupada, relativa a la acción concertada en
materia de reserva de plazas en Centros de Servicios Sociales.
Sin embargo se obvia enteramente o
en su gran medida el contenido del Decreto 70/2011 de 22 de diciembre
de 5 de enero de 2012, de la Consejería de Familia e igualdad de
Oportunidades, donde tanto el acceso como el coste de un centro
público en Castilla y León se regula en función de la capacidad
económica del solicitante y/o beneficiario del servicio público y
su coste se circunscribe en términos generales al 90% de estos
ingresos y al 5% del patrimonio personal o familiar correspondiente.
Sin que en ningún momento la contribución pueda exceder el 90% del
servicio, garantizando unas cuantía mínimas para los gastos
personales previstas en el art. 7 del mismo decreto. A
lo que debe añadirse el abuso que supone haber incrementado hasta
ahora e intentar subir el precio público de un servicio hasta el 63%
desde 2012, como es el caso, y ante lo cual presento oposición por
entrar en contradicción con el fondo, la forma y el espíritu de
toda residencia pública dedicada a mayores y/o dependientes.
Una
situación que se agrava por la sospecha, denunciada por algunos
familiares, de haberse solicitado a algunos de los residentes firmar
en blanco un documento estos días, sin que sus familiares o tutores
sepan porqué. Creando un ambiente de suspicacia sobre un posible
engaño a nuestros mayores.
La diferencia entre la Ordenanza
que nos ocupa y el precio fijado por la Junta de Castilla y León en
los centros públicos que regula es evidente. No tanto en las cifras
globales del coste como en la manera de facilitar el acceso a los
usuarios con menor nivel de renta. De este modo y primeramente
constatar que un centro enteramente público y propiedad de la
Diputación Provincial actúa exactamente igual que un Centro Privado
y concertado si se aplica el presente reglamento. Lo que en opinión
de IU supone un incumplimiento flagrante de la legislación vigente y
un posible fraude a los usuarios y familiares afectados. Dado que
estas condiciones se han ocultado a los usuarios que decidieron
solicitar el acceso al mismo.
Seguidamente recordar que el
Articulo 7.3 recoge taxativamente la generación de una deuda para
cada usuario del servicio, la cual obliga tanto al afectado como la
integridad de su patrimonio, y posteriormente a sus sucesores o
tutores legales en caso de fallecimiento o abandono del centro. Dicho
articulado no solo incumple toda la normativa en esta materia, supone
una medida de cariz eminentemente expropiatorio que define una
ordenanza cuyo articulado debe y será recurrido, salvo
rectificación, por incluir clausulas contractuales abusivas,
estamos ante un contrato entre la administración propietaria y el
usuario o tutores legales, que invalidan este precepto y con él
cualquier relación entre las partes, espero que con anterioridad a
hacer efectivas cuantas acciones legales san necesaria bajo el
derecho del que dispongo a la tutela judicial en caso de ver dañados
mis derechos o el de mis familiares directos. La Diputación
Provincial de León demuestra con este comportamiento mucho más que
afán recaudatorio, pretende hurtar el fruto de una vida a los
mayores afectados generando obligaciones a sus familiares muy
cercanas al denominado coloquialmente como robo. Aquí sería
fundamental recomendar la lectura del Artículo 31 de la Constitución
Española.
Exigir por último, que la
Diputación Provincial revoque la exigencia a los usuarios de
renunciar a los beneficios de la Ley de Dependencia. Recursos que por
otro lado se destinan directamente a la gestión de la Residencia,
por parte de la Junta, sin que la Diputación reparta estos derechos
entre los beneficiarios del servicio, para revisar y adaptar las
tasas dentro las condiciones reguladas por la propia Junta de
Castilla y León.
Sírvase por tanto recibir la
presente RECLAMACION y la tenga en cuenta a la hora de mejorar la
Ordenanza, revisar las tasas, su incremento y exenciones, y servir a
su modificación respetando tanto los derechos como los deberes de
los usuarios del centro
En León, a 28 de noviembre de
2013
Sin otro particular
Fdo: Santiago Ordóñez González
Coordinador Provincial de IU León
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