jueves, 3 de febrero de 2011

MOCION PALESTINA A PROPUESTA AMNISTIA INTERNACIONAL

D Santiago Ordóñez González, en su calidad de Coordinador Local de IU, por la presente, somete al Pleno de la Corporación para su toma en consideración, si procede, la siguiente MOCION

ANTECEDENTES DE HECHO

En 1967, al final de la denominada guerra de los Seis Días, Israel ocupó Cisjordania, incluido Jerusalén Oriental, y la Franja de Gaza, zonas conocidas posteriormente como Territorios Palestinos Ocupados (TPO).
Inmediatamente después de la ocupación, Israel se anexionó ilegalmente más 70 kilómetros cuadrados del territorio de Cisjordania y los incorporó al municipio de Jerusalén. Los palestinos que vivían en la zona incorporada de "Jerusalén Oriental" no adquirieron la ciudadanía israelí, pero quedaron bajo la jurisdicción del municipio israelí de Jerusalén, con la obligación de pagar impuestos municipales.
El resto de Cisjordania y la Franja de Gaza estuvieron regidas por las autoridades militares israelíes desde 1967 hasta mediados de la década de 1990, cuando se modificaron las condiciones de la ocupación israelí en el contexto de los Acuerdos de Oslo. En virtud de éstos se estableció la Autoridad Palestina; se dividió Cisjordania en las zonas A, B y C, y se transfirió a la Autoridad Palestina la jurisdicción parcial de algunas zonas de los TPO, si bien la seguridad general continuó en manos israelíes. De acuerdo con los acuerdos de Oslo, el 17,7 por ciento de Cisjordania fue declarado zona A, en la que la Autoridad Palestina era responsable de los asuntos civiles y la seguridad. El 1 8,3 por ciento pasó a ser zona B, donde la Autoridad Palestina se ocupaba de los asuntos civiles y del orden público e Israel asumía la responsabilidad absoluta de la seguridad. El resto del territorio, más del 60 por ciento de su extensión total, sin incluir Jerusalén, quedó clasificado como zona C, en la que Israel tenía autoridad tanto sobre los asuntos civiles como en materia de seguridad.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las políticas municipales oficiales desde la anexión de Jerusalén oriental en 1967 han pretendido controlar el territorio anexionado conteniendo el crecimiento palestino. Los pasos tomados hasta el momento para asegurar este objetivo son ilegales, según la legislación internacional, ya que incluyen la construcción de asentamientos en los TPO y la demolición de casas palestinas en el contexto de una política de planificación y construcción discriminatorias. Según los acuerdos de Oslo de 1995, el ejército israelí mantiene el control tanto civil como militar sobre la denominada Área C, que incluye más del 60% del territorio de Cisjordania y en la que viven alrededor de 1 50.000 palestinos. Los asentamientos israelíes siguen siendo construidos en esta área, mientras los permisos para edificaciones palestinos son casi siempre negados y como consecuencia muchas comunidades palestinas están amenazadas de demolición.
Israel está obligado por el Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, del que es Estado parte, a garantizar el derecho a una viviendo adecuada, lo que incluye la seguridad de la propiedad. El derecho a una vivienda adecuada, cuando está asegurado, es un pilar que permita que se pueda disfrutar de otros derechos, como el derecho al trabajo, a la educación y a la vida familiar. Las demoliciones de cisternas de agua son una violación del derecho al agua (como parte del derecho a un estándar de vida adecuado) y a la salud, y la demolición de las escuelas es una violación del derecho a la educación.
En cuanto al derecho al agua, desde hace cuatro décadas Israel aplica políticas y prácticas discriminatorias en los TPO que niegan el derecho de acceso al agua a la población Palestina, lo que significa una grave violación de los derechos humanos de la población Palestina. Mientras los palestinos sufren una escasez constante de agua, los colonos de los asentamientos israelíes en Cisjordania, ilegales según el Derecho Internacional, disfrutan de toda el agua que desean y tienen cultivos de riego intensivo, jardines y piscinas.
Al negar el acceso al agua de los palestinos, Israel viola el derecho internacional de derechos humanos, en concreto el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del que es Estado Parte. El derecho al agua está reconocido dentro del derecho a un nivel de vida adecuado en el artículo 11 (1) del PIDESC. El derecho al agua también es esencial para el disfrute del derecho a la salud, a una vivienda adecuada y a la alimentación. Como al mismo tiempo Israel proporciona agua a los asentamientos de colonos en los TPO (que son ilegales bajo el derecho internacional), Israel viola el derecho de los palestinos a no sufrir discriminación por razones étnicas o de identidad nacional como se señala en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Artículo 2 (1) y Artículo 26) y en el PIDESC (Artículo 2 (2)).

POR TODO ELLO, SE PROPONEN PARA SU ACUERDO EN EL PLENO MUNICIPAL LOS SIGUIENTES PUNTOS:

Solicitar al Estado de Israel que ponga fin de inmediato a la destrucción de viviendas, tierras y otros bienes cuando, como prescribe el derecho humanitario, no exista una necesidad militar de hacerlo.
Que refuercen su legislación para que no se lleve a cabo ninguna demolición sin avisárselo previamente a las partes implicadas, a las que se debe de dar tiempo y oportunidad de impugnar la orden ante un tribunal de justicia imparcial. Y prestar ayuda jurídica a los que no tengan medios para contratar un abogado.
Que Israel ofrezca reparación a todas las personas cuyos bienes hayan sido destruidos ilegalmente sin aviso previo. Se les debe permitir reconstruir sus bienes en el mismo lugar, si es posible.
Pedir a Israel que detenga la destrucción de viviendas, tierras y otros bienes para el aumento de los asentamientos civiles israelíes en los Territorios Ocupados y ¡a infraestructura necesaria para apoyarlos, ya que esta medida constituye una violación del derecho internacional.
Garantizar el acceso al agua de los palestinos que viven en los Territorios Ocupados.
Trasladar al Gobierno español este acuerdo.

En León, a 3 de febrero de 2011.

Fdo. Santiago Ordóñez González

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