domingo, 8 de mayo de 2011

Nuestro Plan de Acceso a la Vivienda

PLAN MUNICIPAL DE ACCESO A LA VIVIENDA

El Excmo. Ayuntamiento de León se dotará de un Plan Municipal para el acceso a la Vivienda como mecanismo que englobará todas las políticas desarrolladas en el municipio en materia de suelo y vivienda. El Plan tendrá una vigencia nunca inferior a 4 años y dispondrá de las partidas presupuestarias necesarias durante este periodo. Una vez expire el tiempo de vigencia se renovará inmediatamente por acuerdo del Pleno Municipal.

El Plan Municipal de Acceso a la Vivienda incorporará una serie de herramientas y medidas complementarias al PGOU, entre las que se encontrarán las que siguen:

  1. Se constituirá el Patronato Municipal de Suelo de León

Este instrumento permitirá intervenir y regular el mercado inmobiliario conjuntamente con los ya existentes, disminuyendo el precio del suelo y la vivienda, facilitar la ejecución y modificación democrática del PGOU y obtener recursos de suelo para viviendas públicas en alquiler y cualquier régimen de protección.

Su constitución es obligatoria por Ley y permitirá la consecución de sus objetivos habilitando un inventario separado del resto de bienes municipales. De este modo podrá realizarse un control pormenorizado de su gestión anual, que se acompañará de la liquidación de la cuenta correspondiente de la ejecución del presupuesto.

La composición del Patronato tendrá la categoría de Consejo Municipal de Urbanismo y Movilidad, tenderá a la mayor participación social, y se constituirá en Asamblea con un Órgano ejecutivo elegido en su seno.

  1. Medidas concretas sobre política inmobiliaria.

  1. Coincidiendo con la aprobación inicial de cualquier actuación en materia urbanística se harán públicos los precios del solar o solares afectados. Esta medida permitirá evitar la evolución especulativa del suelo del precio del suelo con total impunidad cuando más crece y negociar el coste final con los propietarios dentro de un marco más beneficioso para los intereses generales, una vez se constituya la Junta de Compensación. El Ayuntamiento de León se reservará la aprobación de cualquier otra medida legal para controlar el precio del suelo durante este periodo.
  2. El Ayuntamiento de León renunciará a la subasta del suelo público como mecanismo para la enajenación del patrimonio municipal, única y exclusivamente para sufragar inversiones reales. Para abaratar el coste final se utilizará la modalidad del concurso público.
  3. El Ayuntamiento de León reservará, como es preceptivo por Ley, un 5% del presupuesto municipal para la adquisición de suelo público.
  4. El Ayuntamiento de León dispondrá de un mínimo del 40% de los aprovechamientos de suelo para uso predominantemente residencial en manos públicas, cuando sea calificado como urbano no consolidado, y del 75% en urbanizable. El número de viviendas públicas construidas en urbano no consolidado podría pasar de la horquilla entre 5399 y 6940, recogida en el PGOU, a entre 8000 y 12000. Con esta medida se repararán en parte las carencias heredadas de la inexistencia de políticas de promoción pública de viviendas sociales en los últimos años. Se dedicará un porcentaje mínimo del 60% del suelo público para la construcción de viviendas en cualquier régimen de protección y alquiler a bajo precio, el resto será dedicado a equipamientos públicos.
  5. Como requisito obligatorio para recibir ayudas oficiales se acondicionará para personas con movilidad reducida un 3% de las viviendas de promoción privada. Cualquier porcentaje superior disfrutará de una reducción en los precios de las licencias y tasas municipales. El Ayuntamiento vigilará el cumplimiento de la legislación que ya obliga a este porcentaje en las promociones de vivienda pública.
  6. El Ayuntamiento de León será garante de la construcción de un porcentaje adecuado de viviendas adaptadas a los nuevos modelos de familia; solteros y solteras, familias monoparentales, etc.

  1. Vivienda en Régimen de Alquiler

El Ayuntamiento de León presupuestará anualmente una partida económica específica para fomentar el acceso a viviendas en régimen de alquiler a bajo precio a aquellos sectores sociales con menor disponibilidad de renta (jóvenes, mujeres, parados de larga duración, empleados temporales, familias numerosas, etc.).

Un porcentaje de la partida anterior permitirá llegar a acuerdos con aquellos propietarios de inmuebles desocupados en malas condiciones que quieran sacarlos al mercado. El Ayuntamiento sufragará parte de las reparaciones a cambio de fijar unos alquileres asequibles. Tomando como referencia el S.M.I. y fijando el precio en un 20% de este.

El 50% de la vivienda pública construida en León se destinará a crear un Parque Municipal de Viviendas en Alquiler a bajo precio. Este Parque se incrementará adquiriendo para este uso inmuebles subastados públicamente.

  1. Medidas relacionadas con el IBI.

Un aspecto indisociable del resto de iniciativas presentadas en este Plan es el tratamiento del IBI, reduciéndolo al 0,6 para aquellas unidades familiares cuyos ingresos estén por debajo de dos veces el SMI (casi el 25% de la población)y todo el pequeño comercio local. Por lo cual es imprescindible valorar toda una serie de iniciativas para acercar a la realidad social y mejorar este impuesto:

  1. Se incrementará el tipo del IBI hasta el 0.90% para aquellos sujetos pasivos que posean inmuebles desocupados. 18.039 inmuebles en estas condiciones en León es una cifra inasumible (37,5% del total) y expresa una evolución ascendente fruto de la escasez de medidas contundentes para atajarla (+65% entre los años 1999 y 2003).
  2. Se preverán deducciones al IBI por adaptabilidad para personas con movilidad reducida, el uso de energías limpias…).
  3. El Ayuntamiento de León instará a las Cortes Generales la modificación de la base imponible del IBI y así crear una escala de gravamen en función del valor catastral del inmueble el cual aplicar un tipo impositivo progresivo que tenga en cuente el barrio, destino, ocupación, etc.
  4. El Ayuntamiento de León tomará las medidas necesarias en coordinación con la Oficina del Catastro para revisar el valor catastral de los inmuebles de León. Con este objetivo los servicios técnicos municipales elaborarán un diagnóstico del porqué el valor catastral de las unidades urbanas leonesas es el segundo más alto de Castilla y León tras Segovia y propondrán medidas para modificar esta situación.
  5. El Ayuntamiento de León instará a las Cortes de Castilla y León la modificación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para darle un carácter progresivo dependiendo de la superficie de la vivienda. Reduciéndolo al 3% en viviendas inferiores a 90 metros cuadrados e incrementándolo hasta el 17% en las viviendas consideradas de lujo.

Santiago Ordóñez González

Candidato a la Alcaldía de León

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