lunes, 3 de septiembre de 2012
Moción de IU aprobada en el Ayto de Villablino con el voto en contra del PP contra el repago sanitario
Moción presentada por Izquierda Unida y aprobada con el apoyo del resto de grupos excepto el PP.
D Severino Alvarez Mendez, como portavoz del Grupo Municipal de I.U. en el Ayuntamiento de Villablino, a tenor de lo establecido en los Artículos 91.4 y 97.3 del Real Decreto 2568/1986, del 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, somete al Pleno dela Corporación para su toma en consideración, si procede, la siguiente: MOCION
D Severino Alvarez Mendez, como portavoz del Grupo Municipal de I.U. en el Ayuntamiento de Villablino, a tenor de lo establecido en los Artículos 91.4 y 97.3 del Real Decreto 2568/1986, del 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, somete al Pleno de
El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la prestación de la salud; siendo competencia de los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El artículo 41 reconoce textualmente: los poderes públicos mantendrán un régimen público de seguridad social para todos los ciudadanos que garanticen la existencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidades, sobre todo en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones serán libres
Estos dos artículos blindan en la constitución el Principio de Universalidad de la asistencia sanitaria obligando a la toma de medidas organizativas y financieras para asegurarla.
Una vez que las prestaciones sanitarias se conciben como DERECHO UNIVERSAL DE TODOS LOS CIUDADANOS lo más razonable es que el sistema se financie a través de los presupuestos generales del Estado o de las Comunidades Autónomas mediante transferencia de sus competencias.
El copago sanitario supone el abono por duplicado de un servicio que se financia ya con nuestros impuestos y al cual se añade una exigencia de pago a mayores a los propios beneficiarios. Una reforma del IRPF que permita asegurar la financiación incrementando las obligaciones a las grandes fortunas o personas con mayores ingresos aseguraría el sistema sin necesidad de repago.
Estos preceptos anteriores dejan clara la apuesta constitucional por un sistema público y universal, cuestionando el modelo de copago farmacéutico impuesto: ahora debe añadirse las referencias a los derechos y deberes de los españoles.
El Artículo 14 de la Constitución recoge literalmente: Los españoles son iguales ante la Ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por raza de nacimiento, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Este artículo cuestiona seriamente cualquier legislación que pueda retirar los derechos a ser beneficiario de una tarjeta sanitaria.
El pasado 1 de julio entró en vigor el repago farmacéutico decretado por el Gobierno del PP. Dicho copago termina con la gratuidad de los medicamentos y con él con la Universalidad y gratuidad del sistema público de salud del Estado Español.
Un aspecto que agrava de por si esta decisión junto a la posibilidad de que esta universalidad desaparezca dejando fuera del sistema de salud a colectivos enteros de inmigrantes y nacionales es la obligatoriedad de pago de sus medicamentos para los jubilados y jubiladas. En clara contradicción con el articulo 14 de la constitución.
A partir del 1 de julio antes referido los jubilados tienen que abonar el 10% del precio de los fármacos recetados por el médico. Pero hay unos topes:
-Si su renta es inferior a 18.000 euros anuales, no se pagará más de 8 euros al mes.
-Si su renta es de entre 18.000 euros y 100.000 euros anuales, no se pagará más de 18 euros al mes.
-Si los ingresos superan los 100.000 euros al año, el límite mensual de lo que se tiene que pagar es de 60 euros.
De este modo y dado que la Tarjeta Sanitaria ya informa a cada médico del repago asignado a cada paciente, cada vendrá marcada con un código para que el farmacéutico sepa cuánto tiene que cobrar. Esta codificación varía en función de la situación personal y el nivel de renta. La leyenda es la siguiente:
-001. Recetas médicas para personas que no tienen que pagar nada. En estos casos el copago sanitario no se aplica.
-002. Recetas médicas de pensionistas con una renta anual inferior a los 18.000 euros o de entre 18.000 euros y 100.000 euros.
-003. Recetas médicas para trabajadores en activo con una renta anual inferior a 18.000 euros. En estos casos hay que abonar el 40% del valor del medicamento.
-004. Recetas médicas para trabajadores en activo con una renta anual que se sitúa entre los 18.000 euros y los 100.000 euros. En estos casos hay que abonar el 50% del precio del medicamento.
-005. Jubilados y trabajadores en activo con unas rentas superiores a los 100.000 euros anuales. En estos casos hay que abonar el 60% del valor del medicamento.
-006. Mutualistas y funcionarios. En este caso se abona el 30% del valor del medicamento.
En Castilla y León seguiremos pagando los medicamentos en la farmacia tras haber superado este límite de pago. En estos casos el Estado tendrá que devolver el dinero que se ha abonado de más. Aunque la Junta de Castilla y León se ha comprometido a informatizar el proceso y abonar en un plazo máximo de 2 o 3 meses la diferencia pagada a mayores no todo el mundo conoce los topes mensuales y su derecho a recibir la diferencia.
Los Ayuntamientos pueden y deben informar a los afectados por este repago y ser garantes de su derecho a recibir la diferencia si pagan más de lo exigible. Por tanto, si se comprueba que una receta tiene el código que corresponde (002 para jubilados con rentas de hasta 100.000 euros y 005 para pensionistas con ingresos superiores), o que en la farmacia cobran más de lo debido el afectado debe reclamar. Esta información y la posible reclamación deben ser tramitadas de forma gratuita por medios municipales, sea una Oficina de Información ex profeso o desde la OMIC
Además, a partir del 1 de agosto de 2012 tendemos que abonar el 100% del coste de un total de 425 medicamentos. No importa que se sea jubilado o nuestro nivel de renta. Puede consultarse la lista completa de medicamentos que dejarán de financiarse a partir del 1 de agosto en el practicograma ‘Cómo son los medicamentos que dejarán de financiarse y tendrás que pagar'.
Por otra parte, los medicamentos pertenecientes al grupo ATC serán costeados por todos los ciudadanos de la misma forma. Se abonará el 10% de su valor en la farmacia, con independencia del nivel de renta o de si es jubilado, trabajador en activo o desempleado.
Por todo lo anterior, el Grupo Municipal de IU, presenta, para su debate y aprobación, si procede la siguiente MOCION
Que la Oficina Municipal de información y tramitación sea la encargada de las reclamaciones relacionadas con el copago sanitario.
El Ayuntamiento de Villablino instará a la Junta de Castilla y Léon a retirar el copago sanitario impuesto por el Gobierno Central.
El Ayuntamiento de Villablino Instará al Consejo de Ministros a retirar el copago sanitario y a tomar las medidas necesarias para mantener la gratuidad y universalidad del sistema público sanitario mediante la reforma y mejora del IRPF y los ingresos del Estado.
EnVillablino, a 31de agosto de 2012.
Fdo. Severino Alvarez Mendez.
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